Reporte Consular de Nacimiento en el Extranjero · Formulario FS-240

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Un niño nacido en el extranjero puede ser ciudadano estadounidense desde su nacimiento. El CRBA lo prueba.

Ayudamos a padres y madres con ciudadanía estadounidense a determinar qué regla de ciudadanía aplica a su hijo, a reunir la prueba del tiempo que el padre o la madre vivió en Estados Unidos y a preparar la solicitud del CRBA para la embajada o el consulado.

La ciudadanía no se transmite automáticamente solo porque uno de los padres sea ciudadano. En la mayoría de las familias, el padre o la madre ciudadano debe haber estado físicamente en Estados Unidos durante un tiempo determinado antes del nacimiento, y el consulado pedirá pruebas.

Quién transmite la ciudadanía

La situación de la familia al momento del nacimiento decide qué regla aplica.

La Ley de Inmigración y Nacionalidad fija requisitos distintos según si uno o ambos padres son ciudadanos, si estaban casados y cuándo nació el niño. Estos son los casos más comunes para niños que nacen hoy.

01 · Ambos padres ciudadanos

Padres ciudadanos casados

Según el INA § 301(c), un niño nacido en el extranjero de dos padres ciudadanos es ciudadano si uno de ellos tuvo residencia en Estados Unidos antes del nacimiento. Lo que se analiza es la residencia, no un número fijo de años.

02 · Uno de los padres es ciudadano

Casados, uno de los padres es ciudadano

Según el INA § 301(g), el padre o la madre ciudadano debe haber estado físicamente en Estados Unidos al menos cinco años antes del nacimiento, y al menos dos de esos años después de cumplir 14.

03 · Padres no casados, padre ciudadano

Hijo nacido fuera del matrimonio de un padre ciudadano

Aplica la regla de cinco años de presencia, más el INA § 309(a): una relación de sangre probada con evidencia clara y convincente, un compromiso escrito de manutención hasta los 18 años y legitimación, reconocimiento de paternidad bajo juramento o una decisión judicial de paternidad antes de que el niño cumpla 18.

04 · Padres no casados, madre ciudadana

Hijo nacido fuera del matrimonio de una madre ciudadana

Para nacimientos a partir del 12 de junio de 2017, la madre necesita los mismos cinco años de presencia, dos de ellos después de los 14. Para nacimientos anteriores, basta con un año continuo de presencia antes del nacimiento.

05 · Servicio en el extranjero

El tiempo militar y de gobierno puede contar

El servicio honorable en las Fuerzas Armadas, el empleo en el gobierno de Estados Unidos o el trabajo en ciertas organizaciones internacionales pueden contar para la presencia del padre o la madre, al igual que el tiempo en el extranjero como hijo soltero dependiente de esa persona.

06 · Relación biológica

Reproducción asistida y gestación subrogada

El Departamento de Estado exige una relación biológica con el padre o la madre ciudadano. La del padre es genética; la de la madre puede ser genética o gestacional. Las familias que usaron donantes o una gestante deben revisarlo antes de solicitar.

Los nacimientos más antiguos siguen versiones anteriores de la ley. Si el niño nació antes de 1986, o si los hechos no encajan en ninguna de estas tarjetas, el análisis requiere la regla vigente en la fecha de nacimiento.

Qué prueba la solicitud

El consulado decide con los documentos que tiene delante.

Según el 22 C.F.R. § 50.5, el padre, la madre o el tutor legal presenta la solicitud en la embajada o el consulado y debe probar el nacimiento, la identidad y la ciudadanía del niño.

El nacimiento

Por lo general, el acta de nacimiento local. Si no existe, el reglamento permite otras pruebas, como un certificado del hospital o una declaración jurada que explique por qué no hay acta.

La ciudadanía del padre o la madre

Un pasaporte estadounidense, acta de nacimiento, certificado de naturalización o certificado de ciudadanía del padre o la madre que transmite la ciudadanía.

El tiempo del padre o la madre en Estados Unidos

Cuando la regla exige presencia física, el reglamento pide pruebas de ella. Aquí es donde la mayoría de las solicitudes necesitan más trabajo.

La relación familiar

El acta de matrimonio si los padres estaban casados y, si el padre ciudadano no estaba casado, los documentos del INA § 309(a). El funcionario consular puede sugerir una prueba de ADN cuando los documentos dejan dudas.

Presencia física

Los cinco años se cuentan en días, y cada día necesita una prueba.

La presencia física es el tiempo que la persona realmente pasó en Estados Unidos. No es lo mismo que la residencia, y los viajes al extranjero se restan del total.

Qué cuenta

Tiempo que se puede incluir

  • Cualquier tiempo en Estados Unidos, aunque no se haya mantenido un domicilio allí
  • Para padres naturalizados, el tiempo antes y después de la naturalización
  • Servicio militar honorable y trabajo calificado para el gobierno o una organización internacional
  • Tiempo en el extranjero como hijo soltero dependiente de una persona que sirvió o trabajó así
  • Solo el tiempo anterior al nacimiento y, en la regla de cinco años, al menos dos años después de que el padre o la madre cumplió 14
Qué reunir

Documentos que suelen probarla

  • Expedientes y boletas escolares, año por año
  • Transcripciones de impuestos, formularios W-2, talones de pago y el estado de ganancias del Seguro Social
  • Contratos de arrendamiento, facturas de servicios y expedientes médicos o de vacunas
  • Documentos de baja militar o registros de empleo en el gobierno
  • Pasaportes anteriores con sellos de entrada y salida, para justificar el tiempo en el extranjero

Cuando el padre o la madre creció en parte fuera de Estados Unidos o se mudó con frecuencia, los documentos importan más. Armamos la cronología antes de la cita, no después de una negativa.

Cómo funciona

La solicitud se presenta en el extranjero, y la preparación va primero.

El CRBA lo emite la embajada o el consulado de Estados Unidos donde nació el niño. Nuestro trabajo es que la solicitud responda las preguntas del funcionario antes de que las haga.

  1. 01

    Identificar la regla

    Confirmamos la fecha de nacimiento, el estado civil de los padres y quién es el ciudadano, y los relacionamos con la sección aplicable del INA.

  2. 02

    Armar la cronología de presencia

    Comparamos los años del padre o la madre en Estados Unidos con el requisito y buscamos los documentos que prueban cada periodo.

  3. 03

    Preparar la solicitud

    Preparamos la solicitud del CRBA del Departamento de Estado y organizamos las pruebas de nacimiento, ciudadanía, relación y presencia.

  4. 04

    La cita consular

    La familia acude a la embajada o el consulado, por lo general con el niño. Preparamos a los padres para las preguntas del funcionario sobre su historia.

  5. 05

    Decisión y documentos

    Si se aprueba, se emite el Reporte Consular de Nacimiento en el Extranjero (Formulario FS-240). Muchas familias solicitan el primer pasaporte del niño al mismo tiempo.

Cuándo pedir ayuda

Algunas familias pueden presentarla solas. Estos casos conviene revisarlos antes.

Una negativa es más difícil de corregir que una primera solicitud bien preparada.

Si el tiempo del padre o la madre en Estados Unidos está cerca del mínimo, reúna las pruebas antes de pedir la cita.

  • Vacíos en los documentos. Años sin registros escolares, laborales o de impuestos, o una infancia repartida entre países.
  • Padres no casados. Los pasos del INA § 309(a) para un padre ciudadano, o la regla de fechas para una madre ciudadana.
  • Donantes o gestación subrogada. El requisito de relación biológica puede cambiar la respuesta.
  • Una negativa previa. Revisamos qué faltó según el funcionario y qué nueva evidencia puede responderlo.
  • Un hijo mayor o adulto. La vía puede ser un pasaporte o un Certificado de Ciudadanía.

Otras formas de documentar la ciudadanía

Si el CRBA no es el documento adecuado, la ciudadanía todavía se puede probar.

Una persona que nació ciudadana sigue siéndolo aunque nunca se haya emitido un CRBA. La pregunta es qué documento corresponde ahora.

USCIS

Certificado de Ciudadanía

Una persona en Estados Unidos puede solicitarlo a USCIS con el Formulario N-600. Un adulto puede presentarlo por su cuenta. Igual que el CRBA, el certificado no vence.

Ciudadanía y naturalización
Departamento de Estado

Un pasaporte estadounidense

Un pasaporte vigente también prueba la ciudadanía, aunque vence. La misma evidencia de nacimiento, ciudadanía y presencia respalda la solicitud.

Después del nacimiento

Ley de Ciudadanía Infantil

Un niño que no nació ciudadano todavía puede calificar más adelante según el INA § 320 o § 322. Esa ciudadanía se documenta ante USCIS, no con un CRBA.

Inmigración familiar

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Preguntas frecuentes

Preguntas que hacen las familias sobre el CRBA.

Respuestas generales para ayudarle a prepararse. No deciden la ciudadanía ni crean una relación abogado-cliente.

¿Qué es un Reporte Consular de Nacimiento en el Extranjero?

Es el Formulario FS-240, que emite una embajada o un consulado de Estados Unidos para documentar que un niño nacido fuera del país adquirió la ciudadanía al nacer. No vence.

¿El CRBA convierte a mi hijo en ciudadano?

No. Es la ley la que hace ciudadano al niño desde su nacimiento si se cumplieron los requisitos. El CRBA es el registro oficial de ese hecho y sirve como prueba de ciudadanía.

¿Cuánto tiempo debe haber pasado en Estados Unidos el padre o la madre ciudadano?

Depende de la familia. Cuando uno de los padres es ciudadano, la regla habitual es de cinco años de presencia física antes del nacimiento, dos después de los 14. Con dos padres ciudadanos casados basta que uno haya tenido residencia previa en Estados Unidos. Algunos nacimientos de madres ciudadanas no casadas antes del 12 de junio de 2017 requieren un año continuo.

¿Cuentan las vacaciones y los viajes cortos a Estados Unidos?

El tiempo que la persona pasó físicamente en Estados Unidos cuenta aunque no tuviera un domicilio allí, así que las visitas pueden sumar. Hay que probarlas con documentos, y solo cuenta el tiempo anterior al nacimiento.

No estábamos casados cuando nació nuestro hijo. ¿Puede ser ciudadano de todas formas?

Muchas veces, sí. Un padre ciudadano también debe cumplir el INA § 309(a), incluido un compromiso escrito de manutención y la legitimación, un reconocimiento bajo juramento o una decisión judicial de paternidad antes de que el niño cumpla 18. El requisito para una madre ciudadana depende de la fecha de nacimiento.

Usamos fertilización in vitro con donante o una gestante. ¿Eso importa?

Puede importar. El Departamento de Estado exige una relación biológica con el padre o la madre ciudadano. Para el padre significa un vínculo genético; para la madre, un vínculo genético o gestacional. Estos casos conviene revisarlos antes de solicitar.

Nuestro hijo ya está en Estados Unidos. ¿Todavía podemos obtener un CRBA?

El CRBA lo tramita la embajada o el consulado en el extranjero. Un niño o adulto en Estados Unidos normalmente puede documentar su ciudadanía con un pasaporte estadounidense o con un Certificado de Ciudadanía de USCIS mediante el Formulario N-600.

¿Qué pasa si el consulado niega el CRBA?

Una negativa suele indicar que faltó evidencia, a menudo de la presencia física del padre o la madre o de la relación familiar. Revisamos la negativa y qué nueva evidencia puede responderla antes de presentar otra solicitud.

¿Hay una tarifa del gobierno?

Sí. El Departamento de Estado cobra una tarifa por el CRBA, y el monto cambia. Confirme la cifra vigente con la embajada o el consulado, o consulte nuestra página de tarifas para otros formularios.

¿Pueden ayudar a familias fuera de Pensilvania?

Sí. Los asuntos de ciudadanía y CRBA son federales, así que podemos ayudar a familias sin importar dónde nació el niño, por teléfono y videollamada, en inglés y español.

La ayuda con el CRBA, en resumen

A quién ayudamos
Padres y madres ciudadanos con hijos nacidos en el extranjero, y adultos nacidos fuera que necesitan probar su ciudadanía.
Reglas principales
INA § 301(c), § 301(g), § 309(a) y § 309(c), según los aplica el Departamento de Estado.
Documento que se emite
Reporte Consular de Nacimiento en el Extranjero, Formulario FS-240. No vence.
Dónde se presenta
La embajada o el consulado de Estados Unidos del lugar de nacimiento del niño.
Otras vías
Pasaporte estadounidense; Certificado de Ciudadanía (Formulario N-600) ante USCIS.
Idiomas
Inglés y español.
Oficina
609 W. Hamilton Street, No. 102, Allentown, PA 18101 · (484) 763-4984

Información revisada frente a fuentes oficiales, incluidos el INA §§ 301 y 309, el 22 C.F.R. parte 50, el 8 FAM 301.4 y 301.7 y el Manual de Políticas de USCIS, el 4 de octubre de 2026. Esta página ofrece información general, no asesoría legal; no decide la ciudadanía de nadie ni crea una relación abogado-cliente. Las reglas para nacimientos anteriores son distintas, y las tarifas y los trámites cambian.

Revisado y actualizado

Fecha de nacimiento · Padres · Presencia

Traiga el acta de nacimiento y el pasaporte del padre o la madre. Nosotros trazamos el resto.

Una primera revisión puede empezar con el acta de nacimiento del niño, la prueba de ciudadanía del padre o la madre y una lista aproximada de dónde vivió esa persona cada año.

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