Personas sin residencia · Residentes permanentes · Regla especial de VAWA

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La cancelación de deportación se gana con el expediente que se presenta al juez.

Cancelación de deportación para personas en corte de inmigración: la regla de 10 años para quienes no tienen residencia, la regla de 7 años para residentes permanentes y la regla especial para sobrevivientes de abuso, con las pruebas de presencia, buen carácter moral y dificultad que exige cada una.

No existe una “ley de los diez años” que usted pueda solicitar por su cuenta. La cancelación la decide solamente un juez de inmigración en un proceso de deportación, y quien ofrece presentarla ante USCIS está vendiendo algo que no existe.

Tres tipos de cancelación

Su estatus decide qué cancelación puede pedir.

La cancelación de deportación es una defensa que se presenta en la corte de inmigración. La ley crea tres versiones, cada una con su propio requisito de tiempo, sus propios impedimentos penales y su propio estándar de dificultad, y algunas personas quedan excluidas de todas.

01 · Sin residencia

La regla de 10 años

Para personas sin residencia permanente: diez años de presencia física continua, buen carácter moral, ninguna condena que la impida y una dificultad excepcional y extremadamente inusual para su cónyuge, padre, madre o hijo que sea ciudadano estadounidense o residente permanente. Si se concede, viene con la residencia.

Ver los cuatro requisitos
02 · Residentes permanentes

La regla de 7 años

Para residentes permanentes acusados de ser deportables: al menos cinco años como residente permanente, siete años de residencia continua después de cualquier admisión legal y ninguna condena por un delito grave agravado (aggravated felony). No se exige dificultad, pero el juez evalúa todo el expediente antes de permitirle conservar la residencia.

Comparar las tres vías
03 · Sobrevivientes de abuso

La regla especial de VAWA

Para personas maltratadas o sometidas a crueldad extrema por un cónyuge, padre o madre que es ciudadano estadounidense o residente permanente: tres años de presencia, buen carácter moral y dificultad extrema para la persona sobreviviente, un hijo o su padre o madre. La Notificación de Comparecencia no detiene este plazo, y las ausencias relacionadas con el abuso no lo interrumpen.

Alivio humanitario
04 · Sin caso en corte

Sin caso, no hay solicitud

La solicitud solo puede presentarse ante una corte de inmigración después de que se abre un caso allí, así que no hay nada que presentar ante USCIS. Entrar en un proceso de deportación para pedirla es un paso serio que requiere revisar primero todas las demás opciones.

Leer la pregunta sobre la ley de diez años
05 · Excluidos por ley

Quién no puede usarla

La ley excluye, entre otros, a quien ya recibió una cancelación o una suspensión de deportación, a quien recibió una exención bajo la antigua sección 212(c), a ciertos visitantes de intercambio J-1, a tripulantes que entraron después del 30 de junio de 1964 y a personas sujetas a los impedimentos de seguridad o de persecución.

Usar la guía privada
06 · Con orden de deportación

Una orden final cambia la pregunta

Cuando una orden es final, solo se puede llegar a la cancelación reabriendo el caso, con la solicitud presentada junto con la moción, a tiempo o bajo una excepción. El primer paso es la orden misma: su fecha, la corte y si usted estuvo presente.

Mociones para reabrir

Tres datos deciden la vía: su estatus migratorio hoy, la fecha y el contenido de su Notificación de Comparecencia y sus antecedentes penales, si los tiene. Juntos deciden qué tipo de cancelación es posible y si el plazo se detuvo antes de que usted reuniera los años necesarios.

La regla de 10 años

Cuatro requisitos, y cada uno debe probarse.

Para quien no tiene residencia, la ley exige los cuatro. La persona solicitante tiene la carga de probar cada uno, y un juez que los da por probados todavía puede negar la cancelación en ejercicio de su discreción.

Diez años de presencia física continua

Se cuentan hacia atrás desde la fecha de la solicitud, y se cortan con la entrega de una Notificación de Comparecencia completa o con ciertos delitos. Un solo viaje al exterior de más de 90 días, o viajes que sumen más de 180, la interrumpen.

Buen carácter moral

Se exige durante los diez años completos, contados hacia atrás desde la decisión final del juez. Algunas conductas lo impiden por completo, como ayudar a sabiendas a alguien a entrar ilegalmente a Estados Unidos; en 2026 la Junta aplicó ese impedimento a un padre que recurrió a un traficante para traer a su hijo.

Ninguna condena que lo impida

Una condena por un delito descrito en las causales penales de inadmisibilidad o de deportación, o en la causal de fraude de documentos y registro, impide esta forma de cancelación aunque no sea la causal por la que lo acusaron. La forma en que se interpreta una ley estatal puede decidirlo, así que los registros certificados de la corte importan.

Dificultad excepcional y extremadamente inusual

Dificultad para su cónyuge, padre, madre o hijo que sea ciudadano estadounidense o residente permanente; el hijo debe ser soltero y menor de 21 años. La dificultad que usted mismo sufriría no cuenta, y debe ir mucho más allá de lo que vive cualquier familia cuando deportan a un familiar cercano.

La discreción es un quinto obstáculo. En 2025 y 2026 la Junta negó la cancelación por discreción en una serie de decisiones publicadas, considerando factores como el uso de un número de Seguro Social falso o información falsa en declaraciones de impuestos. Los factores positivos deben documentarse con el mismo cuidado que los requisitos.

El plazo de 10 años

Dos reglas detienen el plazo. Otras dos lo interrumpen.

La mayoría de los casos de cancelación se ganan o se pierden por las fechas. Los años deben ser continuos, deben cumplirse antes de que se detuviera el plazo, y muchas veces los propios documentos del gobierno deciden cuándo ocurrió eso.

Detención del plazo · INA § 240A(d)(1)

Qué detiene el plazo

  • Una Notificación de Comparecencia completa. El plazo se detiene cuando a usted le entregan una Notificación de Comparecencia que indica la hora y el lugar de la audiencia en un solo documento. Según Pereira v. Sessions (2018) y Niz-Chavez v. Garland (2021), una notificación sin esos datos no lo detiene, y un aviso de audiencia posterior no lo corrige.
  • Ciertos delitos. Cometer un delito comprendido en las causales penales que lo vuelva inadmisible o deportable detiene el plazo en la fecha en que se cometió el delito, no en la fecha de la condena.
  • Lo que ocurra primero. Manda el evento más temprano, y el tiempo posterior a la detención del plazo no cuenta para los años que necesita.
  • La regla especial de VAWA es distinta. Para las personas sobrevivientes que la solicitan, la Notificación de Comparecencia no detiene el plazo de tres años.
Interrupciones · INA § 240A(d)(2)

Qué interrumpe el plazo

  • Cualquier viaje de más de 90 días interrumpe la presencia física continua.
  • Viajes que sumen más de 180 días también la interrumpen, aunque ninguno haya superado 90. Cuatro viajes de 60 días suman 240 y no cumplen la segunda regla.
  • Las pruebas deben cubrir cada año. Declaraciones de impuestos, contratos de arrendamiento, comprobantes de pago y registros escolares, médicos y de la iglesia deben ubicarlo en Estados Unidos durante todo el período, sin vacíos sin explicar.
  • Las ausencias relacionadas con el abuso no cuentan en contra de las personas sobrevivientes que solicitan bajo la regla especial de VAWA.

La Notificación de Comparecencia es el primer documento que leemos. Si indicaba la hora y el lugar de la audiencia, y cuándo se entregó, puede decidir si usted tiene los diez años. Guarde cada documento que le haya dado el gobierno, incluidos los sobres.

Dificultad

La dificultad se mide frente a lo que sufre cualquier familia.

El estándar exige una dificultad para el familiar calificado sustancialmente mayor a la que normalmente se esperaría cuando deportan a un familiar cercano. La pérdida económica, menos oportunidades educativas y el dolor emocional son comunes a todos esos casos, así que las pruebas deben mostrar qué hace distinta a esta familia.

Un hijo que cumple 21 años deja de contar. En 2026 la Junta decidió que los hijos que cumplen 21 ya no son familiares calificados, aunque lo fueran cuando se presentó el caso y cumplieran la edad durante una apelación. Si su único familiar calificado es adolescente, el tiempo importa ahora.

  • Las condiciones de salud requieren prueba médica. Desde una decisión de la Junta de 2026, el testimonio sobre una condición médica o de salud mental por lo general no basta cuando se podían obtener razonablemente el testimonio de un profesional calificado, informes o pruebas médicas.
  • Todos los factores se evalúan en conjunto. La edad, la salud, los lazos familiares aquí y en el exterior y las condiciones del país de deportación se consideran en conjunto, así que cada uno debe documentarse, no solo describirse.
  • Dejar a un hijo aquí no basta por sí solo. La Junta decidió en 2026 que la decisión de un padre o madre de dejar a su hijo ciudadano en Estados Unidos sin cuidado parental no crea, por sí sola, la dificultad requerida.
  • La dificultad que usted sufriría no cuenta. Su propio sufrimiento importa solo por su efecto en un familiar calificado, así que el expediente se construye en torno a las necesidades de cada familiar.
  • La audiencia es la oportunidad principal. Después de Wilkinson v. Garland (2024), las cortes federales pueden revisar la decisión sobre la dificultad, pero en el Tercer Circuito esa revisión es muy deferente, así que las pruebas presentadas al juez de inmigración sostienen el caso.

Lado a lado

Tres vías, tres conjuntos de reglas distintos.

Las tres vías comparten el nombre, pero poco más. Las diferencias que normalmente deciden un caso son los años requeridos, qué detiene el plazo, los impedimentos penales y de quién es la dificultad que cuenta.

 Sin residencia · § 240A(b)(1)Residente permanente · § 240A(a)Regla especial de VAWA · § 240A(b)(2)
Tiempo requerido10 años de presencia física continua.5 años como residente permanente y 7 años de residencia continua después de cualquier admisión legal.3 años de presencia física continua.
Qué detiene el plazoUna Notificación de Comparecencia completa, o ciertos delitos, lo que ocurra primero.Una Notificación de Comparecencia completa, o ciertos delitos, lo que ocurra primero.Solo ciertos delitos. La Notificación de Comparecencia no lo detiene.
Impedimento penalUna condena por un delito descrito en las causales penales de inadmisibilidad o de deportación, o en la causal de fraude de documentos y registro.Una condena por un delito grave agravado (aggravated felony).Inadmisibilidad o deportabilidad por causales penales, de seguridad y algunas otras, o una condena por un delito grave agravado.
DificultadDificultad excepcional y extremadamente inusual para su cónyuge, padre, madre o hijo ciudadano estadounidense o residente permanente.No se exige, pero el juez la considera en su discreción.Dificultad extrema para usted, su hijo o su padre o madre.
Límite anualSí. No más de 4,000 concesiones al año en todo el país.No.Sí, dentro de las mismas 4,000.
FormularioEOIR-42B, ante la corte de inmigración.EOIR-42A, ante la corte de inmigración.EOIR-42B, ante la corte de inmigración.
Si se concedeResidencia permanente.Usted conserva su residencia permanente.Residencia permanente.

Comparación general. Quien ya recibió una cancelación, una suspensión de deportación o una exención bajo la antigua sección 212(c) no puede recibirla de nuevo; quienes sirvieron al menos dos años en servicio activo en las Fuerzas Armadas de Estados Unidos tienen una regla especial sobre la continuidad; y cada vía se decide según su propio expediente.

De la Notificación de Comparecencia a la decisión

El caso se construye antes de la audiencia, no durante ella.

Una audiencia de cancelación es un juicio. El juez decide cada requisito con las pruebas presentadas de antemano y el testimonio de ese día, así que el trabajo consiste en encontrar las fechas, probar cada año y documentar la dificultad antes de que la corte lo pida.

  1. 01

    Leer la Notificación de Comparecencia y las fechas

    Confirmamos los cargos, si la notificación indicaba la hora y el lugar de la audiencia, cuándo se entregó y cada entrada y salida desde que usted llegó. Esas fechas deciden si se cumplen los años.

  2. 02

    Obtener los registros

    Disposiciones certificadas de la corte para cualquier arresto y, cuando hace falta, el archivo migratorio de USCIS y de ICE mediante la Ley de Libertad de Información (FOIA). Todo lo que el gobierno pueda plantear en la audiencia debe conocerse antes.

  3. 03

    Probar la presencia año por año

    Declaraciones de impuestos, contratos de arrendamiento, talones de pago, estados de cuenta y registros escolares, médicos y de la iglesia, organizados por año para que el juez vea todo el período sin vacíos.

  4. 04

    Construir el caso de dificultad

    Evaluaciones médicas y psicológicas, registros escolares y de tratamiento, y pruebas sobre las condiciones del país de deportación, enfocadas en cada familiar calificado.

  5. 05

    Presentar ante la corte

    La solicitud se presenta ante la corte de inmigración con la tarifa o una solicitud de exención, y se completa el trámite de huellas (biometría) para que el juez pueda decidir. Las tarifas de EOIR cambiaron el 1 de octubre de 2026, así que el monto se confirma el día de la presentación.

  6. 06

    La audiencia individual

    Usted y sus testigos declaran, el abogado del gobierno los interroga y el juez decide cada requisito y luego la discreción. Preparar su testimonio es parte del trabajo.

  7. 07

    Después de la decisión

    Si el juez concede la cancelación después de que se agotaron los 4,000 números del año, la decisión queda reservada hasta que haya un número disponible. Si el juez la niega, la apelación ante la Junta de Apelaciones de Inmigración tiene un plazo corto y estricto que corre desde la decisión. Las apelaciones son una etapa aparte del caso.

Guía privada de dos minutos

¿Qué vía de cancelación podría corresponderle?

Conteste tres preguntas generales. La guía sugiere por dónde empezar una primera revisión; no decide si usted califica, no cuenta sus años y no envía sus respuestas a la firma.

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Preguntas comunes

Preguntas sobre la cancelación de deportación.

Las respuestas generales le ayudan a prepararse. No pueden decirle si usted califica ni cómo decidirá un juez.

¿Puedo solicitar la “ley de los diez años” si no tengo caso en la corte de inmigración?

No. Según 8 C.F.R. § 1240.20, la solicitud solo puede presentarse ante la corte de inmigración después de que se abre un caso allí. USCIS no la acepta, y no existe una oficina donde alguien fuera de un proceso pueda presentarla. Quien ofrece presentarla a cambio de dinero está vendiendo algo que no existe, y la información que usted entregue puede aparecer después en la corte.

¿Cuenta la dificultad que yo mismo sufriría?

No para la regla de 10 años. En Matter of Monreal-Aguinaga (2001), la Junta decidió que solo cuenta la dificultad de un familiar calificado: su cónyuge, padre, madre o hijo soltero menor de 21 años que sea ciudadano estadounidense o residente permanente. Su propia dificultad importa solo por su efecto en ese familiar. Bajo la regla especial de VAWA, la dificultad de la persona sobreviviente sí cuenta.

Viajé fuera del país. ¿Eso interrumpió mis diez años?

Depende de dos reglas separadas. Cualquier ausencia de más de 90 días interrumpe la presencia física continua, y ausencias que sumen más de 180 días también la interrumpen. Ambas se aplican por separado, así que cuatro viajes de 60 días interrumpen la presencia aunque ninguno haya superado 90 días.

Mi Notificación de Comparecencia no tenía fecha de audiencia. ¿Eso importa?

Puede importar. Según Pereira v. Sessions y Niz-Chavez v. Garland, una Notificación de Comparecencia que no indica la hora y el lugar de la audiencia en un solo documento no detiene el plazo de 10 años, y un aviso de audiencia posterior no lo corrige. Eso puede significar que los años siguieron contando después de que empezó el caso. Campos-Chaves v. Garland (2024) trata otra regla, sobre órdenes en ausencia, y no cambió esto.

Mi hijo cumplirá 21 años pronto. ¿Eso afecta mi caso?

Sí, y con urgencia. En Matter of Arevalo-Vargas (2026), la Junta decidió que los hijos que cumplen 21 años dejan de ser familiares calificados, aunque lo fueran al presentar el caso y cumplieran la edad mientras una apelación estaba pendiente. Si su único familiar calificado se acerca a los 21, el tiempo puede decidir el caso.

Tengo residencia y una condena. ¿Puede ayudarme la cancelación?

Es posible. Un residente permanente necesita cinco años como residente y siete años de residencia continua después de una admisión legal, y solo lo impide una condena por un delito grave agravado. Pero los siete años pueden detenerse en la fecha en que se cometió un delito, antes de cualquier condena, así que las fechas de cada delito y la ley exacta de la condena deciden si califica.

¿Qué es el límite anual?

La ley permite no más de 4,000 concesiones de cancelación para personas sin residencia en cada año fiscal, en todo el país. Cuando se agotan los números del año, el juez que decide concederla debe reservar la decisión hasta que haya un número disponible, así que un caso puede ganarse mientras la residencia espera.

¿Cuánto cuesta?

La tarifa de EOIR para la cancelación subió de forma importante en 2026 y cambió de nuevo el 1 de octubre de 2026, y la toma de huellas tiene su propia tarifa, así que el monto se confirma el día de la presentación; nuestra actualización de tarifas de EOIR tiene las cifras vigentes. Se puede pedir una exención de la tarifa. Nuestros honorarios se cotizan como tarifa fija después de revisar el caso, y hay planes de pago.

¿Qué pasa si el juez niega la cancelación?

La decisión puede apelarse ante la Junta de Apelaciones de Inmigración con un plazo corto y estricto, y una decisión de la Junta puede llevarse al Tercer Circuito mediante una petición de revisión. Desde Wilkinson v. Garland (2024), la decisión sobre la dificultad puede revisarse, pero el Tercer Circuito es muy deferente con la agencia, así que una apelación trabaja con el expediente construido para la audiencia.

La cancelación de deportación de un vistazo

A quién representamos
Personas en procesos de deportación y sus familias, detenidas o no, en Allentown y en Pensilvania, Nueva Jersey y Nueva York.
Idiomas
Inglés y español.
Regla de 10 años
10 años de presencia, buen carácter moral, ninguna condena que lo impida y dificultad excepcional y extremadamente inusual para su cónyuge, padre, madre o hijo ciudadano o residente permanente.
Residentes permanentes
5 años como residente, 7 años de residencia continua después de la admisión, ningún delito grave agravado.
Límite anual
4,000 concesiones por año fiscal para personas sin residencia.
Normas principales
INA § 240A; 8 C.F.R. §§ 1240.20–1240.21.
Oficina
609 W. Hamilton Street, No. 102, Allentown, PA 18101 · (484) 763-4984

Información revisada con fuentes oficiales, incluidas la Ley de Inmigración y Nacionalidad, los reglamentos de EOIR y las decisiones publicadas de la Junta y del Tercer Circuito, el 1 de octubre de 2026. Información general, no asesoría legal; no decide si usted califica, no cuenta sus años, no predice cómo decidirá un juez ni crea una relación abogado-cliente. Las tarifas y los precedentes de la Junta cambian, a veces en cuestión de semanas.

Revisado y actualizado

La notificación · Las fechas · La familia

Envíe la Notificación de Comparecencia y todos los documentos que tenga. Los revisaremos y le explicaremos qué vía corresponde.

Empiece con el número A, la Notificación de Comparecencia y cómo le llegó, cada viaje fuera del país, cualquier arresto y documento de la corte, y el estatus migratorio y la fecha de nacimiento de cada familiar cercano.

Inglés y español · Allentown · Pensilvania · Nueva Jersey · Nueva York · Representación donde se permita