Autopetición VAWA · Formulario I-360

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La autopetición VAWA se presenta sin que el agresor lo sepa, lo autorice ni participe.

Representamos a personas maltratadas por un cónyuge o un padre o madre ciudadano o residente permanente, o por un hijo o hija ciudadano, en autopeticiones ante USCIS y en los pasos que siguen: permiso de trabajo, residencia y corte.

El maltrato no tiene que ser físico y no se exige un reporte de policía. USCIS debe considerar cualquier evidencia creíble, y una declaración detallada en sus propias palabras suele ser el centro del caso.

Cónyuges · Hijos · Padres

La ley nombra tres relaciones. El agresor debe ser ciudadano o residente permanente.

VAWA permite que ciertos familiares presenten su propia petición en lugar de depender de la persona que controla el caso. Aplica por igual a hombres y mujeres. La relación determina qué reglas aplican.

01 · Cónyuges

Un esposo o esposa maltratado

El cónyuge de un ciudadano o residente permanente que sufrió maltrato durante el matrimonio, o cuyo hijo fue maltratado por ese cónyuge. También pueden calificar, con límites, excónyuges y personas cuyo matrimonio no es válido solo por la bigamia del agresor.

Divorcio y otros cambios
02 · Hijos

Un hijo o hija maltratado

Un hijo soltero menor de 21 años maltratado por su padre o madre ciudadano o residente, incluido un padrastro, madrastra o padre adoptivo, mientras vivía con esa persona o la visitaba. Quien ya cumplió 21 todavía puede presentarla antes de los 25 si el maltrato fue al menos una razón central del retraso.

Al cumplir 21
03 · Padres

Un padre o madre maltratado por un hijo adulto

El padre o la madre de un hijo o hija ciudadano de 21 años o más que lo maltrató. Los padres de residentes permanentes no califican, y la autopetición de un padre o madre no puede incluir a otros familiares.

Qué se debe demostrar

Si la persona que le hizo daño no es ciudadana ni residente permanente, o no estaba casada con usted, VAWA no aplica, pero podría aplicar una visa U u otra forma de alivio humanitario.

Lo que decide USCIS

Cada requisito se prueba con evidencia; no se presume.

El estándar es la preponderancia de la evidencia, es decir, que algo sea más probable que no. USCIS considera cualquier evidencia creíble, decide cuánto peso darle y le da más peso a los documentos detallados, específicos y confiables.

La relación y el estatus del agresor

Un acta de matrimonio o de nacimiento, y prueba de que el agresor es ciudadano o residente permanente. Si no puede conseguir los documentos del agresor, datos como el nombre y la fecha de nacimiento permiten que USCIS busque en sus propios registros.

Agresión o crueldad extrema

Cuentan la violencia o las amenazas de violencia, la detención por la fuerza y el abuso psicológico o sexual. Actos que parecen menores por sí solos pueden calificar como parte de un patrón. USCIS entiende la crueldad extrema como conducta dirigida a obtener o mantener poder y control, no solo comportamiento hiriente.

Haber vivido juntos, por cualquier tiempo

Usted debe haber vivido con el agresor en algún momento. No hay un período mínimo, el hogar compartido pudo estar fuera de Estados Unidos y no tienen que vivir juntos ahora. Una visita no basta, salvo en el caso de un hijo.

Buena fe y buena conducta moral

Los cónyuges deben demostrar que se casaron para formar una vida juntos y no por inmigración; separarse poco después no prueba lo contrario por sí solo. Todos deben demostrar buena conducta moral, normalmente durante los tres años anteriores a la presentación. Los actos relacionados con el maltrato pueden valorarse de otra manera.

Los reglamentos de 1996 todavía mencionan la dificultad extrema como requisito. Una reforma de la ley en el año 2000 la eliminó, y USCIS ya no la exige en las autopeticiones.

Confidencialidad

La ley federal mantiene el caso lejos del agresor.

Las protecciones están en la ley federal, en el 8 U.S.C. § 1367. Son sólidas, tienen límites, y USCIS cambió en diciembre de 2025 la forma en que aplica una parte de ellas.

Al agresor no se le pregunta, no se le avisa y no puede participar. Los funcionarios federales no pueden revelar información sobre su caso a nadie fuera de las agencias, salvo en lo que la ley permite.

  • Una dirección segura. Puede darle a USCIS una dirección donde el agresor no vea su correo, y cambiarla si su situación cambia.
  • Información que da el agresor. La ley prohíbe concluir que usted es inadmisible o deportable solo con información que dio el agresor, salvo que usted tenga ciertas condenas.
  • El cambio de diciembre de 2025. USCIS ahora entiende que esa prohibición se limita a decisiones de admisibilidad y deportabilidad, así que no cubre la decisión sobre el propio I-360. Las acusaciones del agresor se comparan con su evidencia, lo que hace más importante una petición bien documentada.
  • Oportunidad de responder. Si USCIS se basa en información desfavorable que usted no conoce, debe informarle y permitirle responder antes de decidir.
  • La seguridad es primero. La confidencialidad no es un plan de seguridad. Si está en peligro ahora, llame al 911; la Línea Nacional sobre la Violencia Doméstica es el 1-800-799-7233.

Cómo se arma el expediente

Su relato va primero. Los documentos lo respaldan.

Ningún documento en particular es obligatorio para probar el maltrato. USCIS puede pedir más cuando una declaración es vaga o falta un documento, así que la meta es un expediente que responda esas preguntas antes de que se hagan.

Lo que reunimos

Evidencia que suele tener peso

  • Una declaración detallada en sus propias palabras, con fechas y detalles
  • Reportes de policía, órdenes de protección contra el abuso y documentos judiciales
  • Registros médicos, de consejería, escolares o de albergues
  • Declaraciones de personas que conocieron la relación o el maltrato
  • Contratos de renta, facturas, cuentas y fotos que muestran una vida en común
  • Cartas de antecedentes de cada lugar donde vivió seis meses o más en los últimos tres años
Lo que debilita una petición

Problemas comunes

  • Una declaración corta y general, sin hechos específicos
  • Contradicciones con solicitudes anteriores que no se explican
  • Documentos que se mencionan en la petición pero no se incluyen
  • Documentos en otro idioma sin traducción certificada
  • Presentar más de un I-360 al mismo tiempo
  • Volver a casarse antes de que USCIS decida la petición de un cónyuge

Las evaluaciones psicológicas pueden ayudar cuando el profesional realmente le atendió o le evaluó a fondo; USCIS pide las credenciales de quien la hizo.

Cambios en la vida

Presentar primero le protege de la mayoría de los cambios posteriores.

Muchas personas sobrevivientes esperan a que termine la relación. Algunos de estos hechos cierran la puerta si ocurren antes de presentar y no hacen daño si ocurren después; por eso el orden importa.

 Antes de presentar la autopeticiónDespués de presentarla
DivorcioUn excónyuge todavía puede presentar dentro de los dos años siguientes al divorcio si demuestra una relación entre el divorcio y el maltrato.No afecta la decisión.
Muerte del agresorSi el agresor era ciudadano, un cónyuge o padre todavía puede presentar dentro de los dos años siguientes a la muerte.No anula una petición basada en un ciudadano.
El agresor pierde su estatusTodavía se puede presentar dentro de dos años si la ciudadanía o la residencia se perdió en relación con violencia doméstica.No anula una petición basada en un ciudadano; si el agresor era residente, consulte sobre los plazos.
Un nuevo matrimonio suyoUn cónyuge que se volvió a casar generalmente no puede autopeticionar.Descalifica la petición pendiente de un cónyuge; después de la aprobación, no es causa para revocarla.
Un hijo cumple 21Todavía puede presentar antes de los 25 si el maltrato fue al menos una razón central del retraso.La petición continúa con la misma fecha de prioridad; no hace falta una nueva.

Cada fila tiene condiciones que van más allá de este resumen. Si puede estar corriendo un plazo de dos años, trátelo como urgente.

De la presentación a la residencia

La aprobación abre el permiso de trabajo y la residencia.

El I-360 es el primer paso. Lo que sigue depende de si el agresor es ciudadano o residente permanente.

  1. 01

    Presentar la autopetición

    El Formulario I-360 se envía a USCIS con la evidencia de cada requisito. USCIS no cobra tarifa por una autopetición VAWA. Los cónyuges y los hijos pueden incluir a sus propios hijos menores de 21 años.

  2. 02

    Primera revisión

    USCIS primero revisa si la solicitud establece un caso a primera vista (prima facie). Los cónyuges e hijos que reciben ese aviso pueden calificar para ciertos beneficios públicos. No es una decisión sobre la petición.

  3. 03

    Solicitudes y respuestas

    USCIS puede enviar una solicitud de evidencia o un aviso de intención de negar. Los plazos de respuesta son cortos y no se extienden.

  4. 04

    Aprobación: permiso de trabajo y acción diferida

    Una persona con autopetición aprobada puede obtener un permiso de trabajo. USCIS también puede otorgar acción diferida caso por caso. Ninguno de los dos permite salir del país y regresar sin un permiso aparte.

  5. 05

    Residencia

    Los cónyuges, hijos y padres de ciudadanos pueden pedir el ajuste de estatus en cualquier momento. Los cónyuges e hijos de residentes esperan a que su fecha de prioridad esté vigente. Haber entrado sin inspección no impide el ajuste por VAWA, y la carga pública no aplica.

Otras vías para sobrevivientes

Cuando la autopetición no es la puerta correcta.

La corte de inmigración, una residencia condicional o un agresor que no encaja en VAWA requieren una solicitud distinta. Las comparamos antes de elegir.

01

Cancelación VAWA en la corte

En un proceso de deportación, una persona sobreviviente puede pedirle al juez la cancelación con tres años de presencia. La Notificación de Comparecencia no detiene ese plazo, y cuenta la dificultad para usted, su hijo o su padre o madre.

Cancelación de deportación
02

Residentes condicionales

Quien tiene una residencia de dos años y fue maltratado por el cónyuge que lo patrocinó puede pedir a USCIS que elimine las condiciones sin ese cónyuge, mediante un perdón por agresión o crueldad extrema.

Eliminar las condiciones (en inglés)
03

Visas U

Cuando el agresor no es ciudadano ni residente, o era pareja y no cónyuge, podría aplicar una visa U si el maltrato fue un delito calificante y usted colaboró con las autoridades.

Representación en visas U

Una persona sobreviviente con una orden de deportación antigua podría reabrir el caso después del plazo normal para pedir alivio bajo VAWA. Vea mociones para reabrir.

Guía privada de dos minutos

¿Por dónde debe empezar una revisión de VAWA?

Conteste tres preguntas generales. La guía sugiere por dónde empezar una primera revisión; no decide la elegibilidad, no juzga lo que le pasó ni envía sus respuestas a la firma.

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Llamar en vez de usar la guía

Preguntas de personas sobrevivientes

Preguntas sobre la autopetición VAWA

Respuestas breves. Sus circunstancias pueden cambiarlas.

¿Se va a enterar el agresor de que presenté?

USCIS no le avisa al agresor, no le pide su consentimiento y no lo deja participar. La ley federal, en el 8 U.S.C. § 1367, prohíbe a los funcionarios revelar información sobre su caso fuera de las agencias, salvo en lo que la ley permite. También puede darle a USCIS una dirección segura. La confidencialidad no es un plan de seguridad, así que planeamos con usted el contacto y el correo.

¿El maltrato tiene que ser físico?

No. La agresión o crueldad extrema incluye amenazas, detención por la fuerza y abuso psicológico o sexual, y actos que parecen menores por sí solos pueden calificar como parte de un patrón. USCIS busca conducta dirigida a obtener o mantener poder y control, no solo comportamiento hiriente.

¿Necesito un reporte de policía o una orden de protección?

No. USCIS debe considerar cualquier evidencia creíble. Los reportes de policía y las órdenes de protección ayudan cuando existen, al igual que los registros médicos, de consejería, de albergues y escolares, y las declaraciones de personas que sabían lo que pasaba. Una declaración detallada suele ser el centro del caso.

Ya estamos divorciados. ¿Todavía puedo presentar?

Es posible. Un excónyuge puede autopeticionar dentro de los dos años siguientes al divorcio si hay una relación entre el divorcio y el maltrato. Un divorcio después de presentar la petición no afecta la decisión. Volver a casarse antes de que USCIS decida la petición de un cónyuge la hace inelegible.

Entré sin inspección. ¿Todavía puedo obtener la residencia?

Muchas veces, sí. Con una autopetición VAWA aprobada, haber entrado sin inspección no impide por sí solo el ajuste dentro de Estados Unidos, y la causal de carga pública no aplica. Otras causales siguen importando: una deportación anterior, un regreso después de tiempo sin estatus o ciertos antecedentes penales requieren su propio análisis y a veces un perdón.

¿Puedo trabajar mientras el caso está pendiente?

Una persona con autopetición aprobada puede obtener un permiso de trabajo, y USCIS también puede otorgar acción diferida caso por caso. Los hijos que cumplen 21 después de presentar siguen pudiendo obtener ambos. Pedimos la autorización de empleo en cuanto lo permiten las reglas.

¿Cuánto cuesta?

USCIS no cobra tarifa cuando el Formulario I-360 se presenta como autopetición VAWA. Los formularios posteriores, como la solicitud de residencia, pueden tener tarifas que cambian; vea nuestra guía de tarifas. Nuestros honorarios son fijos, se dan por escrito después de una revisión, y hay planes de pago.

¿Pueden incluirse mis hijos?

Los cónyuges e hijos que autopeticionan pueden incluir a sus propios hijos solteros menores de 21 años, que reciben la misma clasificación y fecha de prioridad. Un hijo nacido después puede agregarse en la etapa de residencia. La autopetición de un padre o madre no puede incluir a otros familiares.

¿Puedo viajar mientras el caso está pendiente?

No sin que antes lo revise un abogado. La acción diferida y el permiso de trabajo no le permiten salir y regresar. Desde agosto de 2026, un viaje al extranjero, incluso con permiso adelantado de viaje (advance parole), puede activar castigos por presencia ilegal anterior, lo que puede deshacer el plan de residencia.

La representación en casos VAWA, en resumen

A quién representamos
Personas sobrevivientes de maltrato por parte de un cónyuge o un padre o madre ciudadano o residente, o de un hijo o hija ciudadano, en Allentown y en Pensilvania, Nueva Jersey y Nueva York. Las autopeticiones se presentan ante USCIS, así que también podemos ayudar a personas en otras partes de Estados Unidos.
Idiomas
Inglés y español.
Formularios principales
Formulario I-360 de autopetición; Formulario I-765 de permiso de trabajo; Formulario I-485 de solicitud de residencia.
Tarifa del gobierno para el I-360
Ninguna cuando se presenta como autopetición VAWA. Los formularios posteriores pueden tener tarifas; vea la guía de tarifas.
Confidencialidad
Protegida por el 8 U.S.C. § 1367. Al agresor no se le avisa ni participa.
Nuestros honorarios
Honorarios fijos por escrito después de una revisión; hay planes de pago.
Oficina
609 W. Hamilton Street, No. 102, Allentown, PA 18101 · (484) 763-4984

Información revisada frente a fuentes oficiales, incluidos el INA § 204(a)(1), el 8 U.S.C. § 1367, el 8 C.F.R. § 204.2 y el Manual de Políticas de USCIS, Volumen 3, Parte D, el 2 de octubre de 2026. Esta página ofrece información general, no asesoría legal; no evalúa un caso en particular, no predice una decisión, no promete un permiso de trabajo ni una aprobación, y no crea una relación abogado-cliente. Las tarifas y las políticas cambian.

Revisado y actualizado

Relación · Evidencia · Seguridad

Empiece con lo que pueda compartir de forma segura. Le diremos qué opciones respalda.

Una primera revisión puede empezar con un acta de matrimonio, un papel de la corte o solo algunas fechas. Díganos la forma más segura de contactarle, si tiene una fecha en la corte y qué hijos podrían incluirse.

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