Petición Para Su Hermano o Hermana: La I-130 Para Hermanos y la Espera Real en 2026
Usted se hizo ciudadano de Estados Unidos, ha construido su vida en el Valle de Lehigh y ahora quiere traer a su hermano o hermana para quedarse. La ley lo permite, mediante el Formulario I-130, Petición de Familiar Extranjero (Petition for Alien Relative), en una categoría llamada F4. Lo que la ley no permite es saltarse la fila. A octubre de 2026, la categoría de hermanos tiene la espera más larga de todo el sistema familiar: para la mayor parte del mundo, las visas están llegando a peticiones presentadas hace unos 15 años, y es más larga para México, Filipinas e India. (Lea la versión en inglés.)
Eso no es razón para esperar, sino para presentar ahora. El día en que USCIS recibe su petición se convierte en la fecha de prioridad (priority date) de su hermano: su lugar en la fila desde el día en que usted entra en ella. Esta guía explica quién califica, las pruebas, la línea F4 del Boletín de Visas (Visa Bulletin) y lo que trae una espera tan larga: sobrinos que cumplen 21, un hermano que ya está aquí, un peticionario que fallece y las prohibiciones de viaje y pausas de 2026.
Quién Puede Presentar: Solo Ciudadanos Estadounidenses de 21 Años o Más
La categoría proviene de la sección 203(a)(4) de la Ley de Inmigración y Nacionalidad (INA), 8 USC 1153(a)(4), que asigna visas a los hermanos y hermanas de ciudadanos de Estados Unidos, siempre que esos ciudadanos tengan al menos 21 años. Según 8 CFR 204.2(g)(1), solo un ciudadano estadounidense de 21 años o más puede presentar la petición.
Un residente permanente (titular de la Tarjeta Verde) no puede pedir a un hermano: no existe una categoría de hermanos para residentes, así que el primer paso es la naturalización, y la petición puede presentarse el mismo día en que usted jura como ciudadano. Y un ciudadano menor de 21 años debe esperar a cumplirlos, porque la edad se mide en la fecha de presentación.
Costo y presentación. A octubre de 2026, la tarifa del I-130 es de $675 en papel según 8 CFR 106.2(a)(6), o $625 en línea gracias al descuento de $50 por presentación en línea de 8 CFR 106.1(g). Los ajustes del 16 de octubre de 2026 no tocaron el I-130. El 7 de octubre de 2026, USCIS cambió las direcciones de envío del I-130 y aceptará peticiones enviadas a una dirección anterior solo si tienen matasellos del 9 de noviembre de 2026 o antes, así que revise su página "Direct Filing Addresses for Form I-130" antes de enviar. ¿También va a pedir a sus padres? Nuestra guía de la petición I-130 para padres desde Pensilvania explica esa petición, que no tiene fila de espera.
Cómo Probar Que Son Hermanos: Padre o Madre en Común, Medios Hermanos, Hermanastros y Adopción
La ley no define "hermano" ni "hermana". La Junta de Apelaciones de Inmigración (BIA) considera hermanos a los hijos de al menos un padre o una madre en común, Matter of Kong, 17 I&N Dec. 151 (BIA 1979), y cada uno de ustedes debe haber calificado como "hijo" de ese padre o madre según la definición de la INA 101(b)(1). El Departamento de Estado aplica esa regla en 9 FAM 102.8-3, y 8 CFR 204.2(g)(2) enumera las pruebas.
- Misma madre: las dos actas de nacimiento con el nombre de la misma madre, más prueba de cualquier cambio de nombre. Los medios hermanos por parte de madre también califican.
- Mismo padre, nacidos dentro del matrimonio: las dos actas de nacimiento, el acta de matrimonio de los padres y prueba de que cualquier matrimonio anterior de cualquiera de ellos terminó legalmente.
- Mismo padre, nacidos fuera del matrimonio: legitimación antes de los 18 años, o una relación genuina de padre e hijo (bona fide parent-child relationship) entre el padre y cada hijo mientras el hijo era soltero y menor de 21, demostrada idealmente con documentos de esa época (pagos de manutención, registros escolares y de impuestos, cartas).
- Hermanastros: según 9 FAM 102.8-3(D), solo si ambos tenían menos de 18 años cuando se celebró el matrimonio que creó el vínculo.
- Hermanos por adopción: si la adopción cumple la INA 101(b)(1)(E), lo que en general significa adopción antes de los 16 años y dos años de custodia legal y residencia.
La trampa de la adopción. Si a usted lo adoptó otra familia, la ley considera que la adopción cortó el vínculo legal con sus padres biológicos y, con él, con sus hermanos biológicos. El Tribunal de Apelaciones del Tercer Circuito, que abarca Pensilvania, confirmó esa regla en Kosak v. Aguirre, 518 F.3d 210 (3d Cir. 2008), siguiendo Matter of Li, 20 I&N Dec. 700 (BIA 1993): una ciudadana adoptada no pudo pedir a su hermana biológica. Si hubo una adopción en la familia, consulte antes de presentar.
Use actas del registro civil con traducción certificada al inglés, y corrija antes de presentar cualquier acta tardía, nombre mal escrito o sentencia de divorcio que falte.
La Categoría F4 y los Números Anuales
Los familiares inmediatos de ciudadanos (cónyuges, hijos solteros menores de 21 años y padres de ciudadanos adultos) no tienen límite anual. Todas las demás categorías familiares tienen un número fijo de visas por año, y la F4 es la última de la fila. La INA 203(a)(4) otorga a los hermanos de ciudadanos un máximo de 65,000 visas al año, más las que no usen las tres primeras categorías familiares. Ese número también cubre al cónyuge y a los hijos de su hermano.
Un segundo límite hace que algunos países esperen más. Según la INA 202(a)(2), los nativos de un solo país no pueden recibir más del 7 por ciento de las visas de preferencia familiar y de empleo de un año. Si la demanda de un país supera esa proporción, el país recibe su propia fecha límite. En la F4, esos países son México, Filipinas e India; China tiene su propia columna, pero en octubre de 2026 sus fechas F4 coinciden con las del resto del mundo. Según la INA 202(b), la fila depende del país de nacimiento de su hermano, no de su ciudadanía ni de dónde vive, salvo excepciones limitadas.
Cómo Leer la Línea F4 del Boletín de Visas: Cifras de Octubre de 2026
El Boletín de Visas que el Departamento de Estado publica cada mes tiene dos tablas. La tabla de Fechas de Acción Final (Final Action Dates) indica a quién le toca: si la fecha de prioridad de su hermano es anterior a la fecha indicada para su país, hay un número de visa disponible. La tabla de Fechas para Presentar (Dates for Filing) es una señal anticipada: indica cuándo se pueden enviar documentos al Centro Nacional de Visas (National Visa Center, NVC) y, en los meses en que USCIS la designa, controla quién puede solicitar la Tarjeta Verde dentro de Estados Unidos.
El Boletín de Visas de noviembre de 2026 no se había publicado al 18 de octubre de 2026, y USCIS indicaba que su tabla de noviembre estaba "coming soon" (próximamente). Estas cifras provienen del Boletín de Visas de octubre de 2026; si el de noviembre ya salió cuando usted lea esto, consúltelo en travel.state.gov.
- La mayoría de los países (todas las áreas de cargo) y China: Fecha de Acción Final 22 de octubre de 2011; Fecha para Presentar 1 de noviembre de 2011.
- India: Fecha de Acción Final 15 de diciembre de 2006; Fecha para Presentar 1 de febrero de 2007.
- México: Fecha de Acción Final 22 de abril de 2001; Fecha para Presentar 30 de abril de 2001.
- Filipinas: Fecha de Acción Final 15 de mayo de 2008; Fecha para Presentar 22 de marzo de 2009.
Esas fechas son historia, no una promesa. Para la mayoría de los países, quienes están al frente presentaron hace unos 15 años; para México, hace unos 25; para India, casi 20; para Filipinas, unos 18.
El avance es desigual. En el boletín de octubre de 2025, la Fecha de Acción Final F4 para la mayoría de los países era el 8 de enero de 2008, así que avanzó casi cuatro años en doce meses, un salto que coincidió con las pausas de visas de 2026 que se describen más adelante. Las fechas también pueden detenerse o retroceder (retrogresión). Para octubre de 2026, USCIS indicó a los solicitantes familiares que usaran la tabla de Fechas para Presentar.
USCIS publica sus plazos de aprobación del I-130 en egov.uscis.gov/processing-times, pero en los casos F4 casi no importan: la fecha de prioridad queda fijada el día en que USCIS recibe la petición.
¿Quiere traer a su hermano o hermana a Estados Unidos?
La espera es larga, y por eso la petición debe presentarse ahora y bien hecha. Revisamos los documentos de su familia, incluimos a cada familiar y le decimos con honestidad en qué lugar de la fila está su hermano.
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El Cónyuge y los Hijos de Su Hermano
Usted no presenta peticiones separadas para la familia de su hermano. Según la INA 203(d) y 8 CFR 204.2(g)(4), el cónyuge o el hijo que acompaña a su hermano o que se reúne con él después (accompanying or following to join) recibe la misma categoría y la misma fecha de prioridad. El vínculo debe existir cuando su hermano inmigre: un cónyuge o un hijo que llegó durante la espera en general califica, porque el Manual de Políticas de USCIS mira los vínculos que existían al admitirse o ajustarse el beneficiario principal. Un matrimonio celebrado después de que su hermano se haga residente requiere una nueva petición presentada por su hermano.
Sobrinos que cumplen 21 años. Un "hijo" debe ser soltero y menor de 21 años, y en una espera de 15 a 25 años muchos niños crecen primero. La Ley de Protección del Estatus del Menor (Child Status Protection Act, CSPA), INA 203(h)(1), resta de la edad del hijo, en la fecha en que hay una visa disponible, el tiempo que el I-130 estuvo pendiente, siempre que el hijo busque inmigrar dentro de un año, pero no detiene el reloj durante los años de espera en la fila. Un hijo que de todos modos cumple 21 no conserva la fecha de prioridad original: en Scialabba v. Cuellar de Osorio, 573 U.S. 41 (2014), la Corte Suprema confirmó la regla de la BIA en Matter of Wang, 25 I&N Dec. 28 (BIA 2009), un caso sobre exactamente esta situación. Su hermano tendría que pedir a ese hijo después de hacerse residente, con una nueva fecha de prioridad. Un hijo que se casa también pierde la condición de derivado. Nuestra guía de las categorías IR-2, F1, F2A y F2B explica las categorías que su hermano usaría más adelante.
Si Su Hermano Ya Está en Estados Unidos
Usted puede presentar y asegurar la fecha de prioridad, viva donde viva su hermano. Terminar el proceso aquí es otra cuestión.
La INA 245(c)(2) impide el ajuste de estatus (adjustment of status) a los solicitantes de categorías de preferencia, incluida la F4, que están en situación ilegal cuando presentan la solicitud, que han trabajado sin autorización o que no han mantenido un estatus legal de forma continua desde su entrada. A diferencia de los cónyuges y los padres de ciudadanos, un hermano no recibe perdón por haberse quedado más tiempo del autorizado. Un hermano que entró con visa y siempre mantuvo su estatus, por ejemplo con una H-1B, podría ajustar cuando su fecha esté vigente; uno que se quedó más tiempo o entró sin inspección, en general, no.
La excepción de la sección 245(i). La INA 245(i)(1) permite a algunas personas ajustar su estatus a pesar de esos impedimentos, pagando una multa de $1,000, si son beneficiarias de una petición o de una certificación laboral presentada el 30 de abril de 2001 o antes (y, si se presentó después del 14 de enero de 1998, si estaban físicamente presentes el 21 de diciembre de 2000). Pregunte a sus familiares por peticiones viejas en las que su hermano haya sido derivado.
Los castigos por presencia ilegal. Un hermano que no puede ajustar su estatus debe tener la entrevista en el extranjero, y salir del país puede activar la INA 212(a)(9)(B)(i): un castigo (bar) de tres años después de más de 180 días de presencia ilegal (unlawful presence), y de diez años después de un año o más. El perdón de la INA 212(a)(9)(B)(v), incluida la versión provisional I-601A de 8 CFR 212.7(e), exige demostrar un sufrimiento extremo (extreme hardship) para el cónyuge o el padre o madre del solicitante que sea ciudadano o residente permanente. Usted, como hermano peticionario, no cuenta como familiar calificado. Un hermano con más de un año de presencia ilegal que vuelve a entrar, o intenta hacerlo, sin inspección enfrenta el castigo mucho más severo de la INA 212(a)(9)(C). Si su hermano está en un proceso de deportación, busque asesoría antes de que alguien salga del país.
Cuando Llega la Fecha: Procesamiento Consular, la Declaración de Sostenimiento y las Pausas de 2026
La mayoría de los casos de hermanos terminan en una embajada o un consulado de Estados Unidos. Cuando se acerca la fecha, el Centro Nacional de Visas pide las tarifas, el formulario DS-260 y los documentos, y programa la entrevista cuando la fecha está vigente. Nuestra práctica de inmigración familiar lleva esa etapa de principio a fin.
La Declaración de Sostenimiento. Según la INA 212(a)(4)(C), un inmigrante de preferencia familiar es inadmisible como posible carga pública (public charge) a menos que el peticionario firme una declaración de sostenimiento (affidavit of support). Usted debe firmar el Formulario I-864 y demostrar ingresos de al menos el 125 por ciento de las guías federales de pobreza para su hogar, que en ese momento incluirá a la familia de su hermano, según la INA 213A(f)(1)(E). A octubre de 2026 la edición vigente del I-864 es la del 08/24/26, que autoriza a USCIS a obtener información de reportes de crédito del patrocinador. Vea nuestra guía de las reglas de ingresos del Formulario I-864.
Prohibiciones de viaje. La Proclamación 10998, 90 FR 59717 (firmada el 16 de diciembre de 2025, vigente desde el 1 de enero de 2026), suspende total o parcialmente la entrada de nacionales de 39 países, y para cada país de la lista la suspensión alcanza a los inmigrantes. Entre las suspensiones totales están Afganistán, Birmania, Haití, Irán, Somalia, Siria y Yemen; entre las parciales, que de todos modos cubren las visas de inmigrante, están Cuba, Venezuela, Nigeria y Senegal. Sus excepciones no cubren a los hermanos, pero una petición aprobada conserva su fecha de prioridad mientras la proclamación se revisa cada 180 días.
La pausa para 75 países. Desde el 21 de enero de 2026, el Departamento de Estado suspendió la emisión de visas de inmigrante para nacionales de 75 países. Una corte federal anuló esa política el 21 de agosto de 2026 en CLINIC v. Rubio, No. 1:26-cv-00858 (S.D.N.Y.), y negó la suspensión del fallo el 25 de septiembre de 2026; a mediados de octubre la sentencia sigue vigente mientras el gobierno apela. Por separado, la prensa informa desde fines de agosto de 2026 de una pausa mundial de entrevistas de visas de inmigrante para capacitar a los cónsules en carga pública, sin fecha de reanudación anunciada a mediados de octubre. Nuestro artículo sobre la suspensión de visas de inmigrante para 75 países (en inglés) sigue el caso.
Si el Peticionario Fallece o la Vida Cambia Durante la Espera
Mudarse, casarse, divorciarse o cambiar de trabajo no afecta una petición para hermanos. Dos cosas sí la afectan.
El fallecimiento del peticionario. Según 8 CFR 205.1(a)(3)(i)(C), la aprobación se revoca automáticamente cuando el peticionario fallece, a menos que USCIS decida por razones humanitarias no revocarla. Ese alivio exige una petición aprobada antes del fallecimiento, una solicitud del beneficiario y un patrocinador sustituto con uno de los parentescos que enumera la INA 213A(f)(5)(B), como cónyuge, padre o madre, hijo adulto, hermano, familiar político, abuelo o tutor legal. La INA 204(l) permite que una petición pendiente o aprobada siga adelante después del fallecimiento del peticionario si un beneficiario residía en Estados Unidos en ese momento y sigue residiendo aquí. Según el Manual de Políticas de USCIS, basta con que uno de los beneficiarios sobrevivientes cumpla ese requisito, así que un cónyuge o hijo de su hermano que viva aquí puede salvar el caso de toda la familia. Para un hermano cuya familia entera vive en el extranjero, la 204(l) no ayuda, otra razón para presentar temprano y obtener la aprobación.
Mantenerse localizable. Mantenga sus datos al día con USCIS y el Centro Nacional de Visas. Según la INA 203(g), el Departamento de Estado debe cancelar el registro de un beneficiario que no solicita la visa dentro del año siguiente al aviso de que está disponible.
Si su hermano se casa con un ciudadano, o si su padre o madre se naturaliza, pregunte si se abrió una categoría más rápida; la petición F4 puede quedar como respaldo.
Qué Significa Esto en el Valle de Lehigh
En Allentown, Bethlehem, Easton y Reading viven muchos ciudadanos naturalizados con hermanos y hermanas que siguen en la República Dominicana, México, Centroamérica, India, Filipinas y África Occidental. El consejo es el mismo: presente ahora, con las pruebas en orden.
Un ciudadano de Pensilvania que envía por correo un I-130 por sí solo lo manda al Chicago Lockbox de USCIS según las direcciones adoptadas el 7 de octubre de 2026, o lo presenta en línea. Un hermano que está aquí con estatus legal y puede ajustar su estatus normalmente tendría su entrevista en la Oficina Local de USCIS en Filadelfia, 30 North 41st Street. Una petición F4 pendiente, por lo general, no detiene un caso ante la Corte de Inmigración de Filadelfia, en 900 Market Street. Las familias con un hermano de un país afectado por la prohibición de viaje igual deben presentar la petición para asegurar la fecha de prioridad.
Preguntas Frecuentes
¿Cuánto tiempo hay que esperar con una petición I-130 para un hermano en 2026?
Muchos años. En el Boletín de Visas de octubre de 2026, la Fecha de Acción Final F4 era el 22 de octubre de 2011 para la mayoría de los países, unos 15 años atrás. México estaba en el 22 de abril de 2001, India en el 15 de diciembre de 2006 y Filipinas en el 15 de mayo de 2008. El avance futuro no está garantizado.
¿Puedo pedir a mi hermano o hermana si tengo la Tarjeta Verde?
No. Solo los ciudadanos estadounidenses de 21 años o más pueden pedir a un hermano, según la INA 203(a)(4) y 8 CFR 204.2(g)(1). Un residente permanente primero debe naturalizarse, y puede presentar la petición para su hermano justo después de jurar como ciudadano.
¿El cónyuge y los hijos de mi hermano también pueden inmigrar?
Sí, como derivados con la misma fecha de prioridad y sin petición separada, según la INA 203(d). Un hijo debe seguir siendo soltero y menor de 21 años, después del cálculo de la CSPA, cuando la visa esté disponible. Un hijo que cumple 21 no conserva la fecha de prioridad original.
Mi hermano está en Estados Unidos sin estatus. ¿Puede obtener la Tarjeta Verde con mi petición?
Por lo general, no dentro de Estados Unidos. La INA 245(c)(2) impide el ajuste a la mayoría de los beneficiarios F4 que están sin estatus o trabajaron sin permiso, salvo que aplique la 245(i). Salir del país puede activar los castigos de 3 o 10 años, y un hermano no es familiar calificado para el perdón.
¿Qué pasa con la petición si yo fallezco antes de que haya visa para mi hermano?
La aprobación se revoca automáticamente según 8 CFR 205.1(a)(3)(i)(C), a menos que USCIS la restablezca por razones humanitarias, lo que exige una petición aprobada y un patrocinador sustituto que califique. La INA 204(l) solo ayuda si su hermano, o su cónyuge o un hijo incluido en la petición, vivía en Estados Unidos al momento del fallecimiento y sigue viviendo aquí.
Obtenga Ayuda Con una Petición Para Hermanos
La petición para hermanos es la espera más larga de la inmigración familiar, y por eso el comienzo importa más. Lehigh Valley Immigration Law LLC presenta peticiones I-130 para familias de Pensilvania, Nueva Jersey y Nueva York, y las acompaña años después ante el Centro Nacional de Visas y en la entrevista consular. Ofrecemos una consulta bilingüe gratuita para revisar su caso y decirle con honestidad en qué lugar de la fila está su hermano. Llame al (484) 763-4984 o contáctenos en línea. Ningún resultado puede garantizarse en un caso de inmigración, pero presentar temprano y presentar bien son las partes de la espera que usted controla.