¿Se Mudó y Faltó a la Corte? Lo Que Significa Matter of Diji Para Usted

Si usted no se presentó a una audiencia en la corte de inmigración porque se mudó y nunca recibió los papeles, la ley acaba de cambiar en su contra. El 3 de septiembre de 2026, la Junta de Apelaciones de Inmigración (Board of Immigration Appeals, BIA), en pleno, decidió Matter of Diji, 30 I&N Dec. 1 (BIA 2026), y revocó Matter of G-Y-R-, un precedente de 25 años que protegía a las personas que nunca recibieron el Aviso de Comparecencia (Notice to Appear, NTA) con el que comenzó su caso.

En pocas palabras: si usted le dio una dirección al gobierno y luego se mudó sin actualizarla, un aviso enviado por correo a esa dirección anterior ahora puede ser suficiente para que un juez le ordene la deportación en su ausencia. Eso hace mucho más difícil ganar uno de los argumentos más comunes para reabrir una orden de deportación en ausencia (in absentia). No significa que toda orden antigua sea definitiva. A continuación explicamos qué pasó, a quién afecta y qué sigue funcionando a septiembre de 2026.

Este artículo también está disponible en inglés: versión en inglés.

Qué Pasó en Matter of Diji

El señor Diji se había quedado en el país después de que venció su visa. Mientras tenía solicitudes pendientes ante el Servicio de Ciudadanía e Inmigración de EE. UU. (USCIS), le dio a USCIS una dirección. Después de que USCIS negó esas solicitudes, se mudó en enero de 2019 y no le informó al gobierno su nueva dirección.

En abril de 2019, el Departamento de Seguridad Nacional (DHS) le envió el Aviso de Comparecencia por correo regular a la dirección que él le había dado a USCIS. Después se enviaron varios avisos de audiencia. Él no se presentó a su audiencia de abril de 2023, y el juez de inmigración ordenó su deportación en ausencia. Se enteró de la orden en junio de 2025, cuando fue a una entrevista de tarjeta verde basada en su matrimonio con una ciudadana estadounidense.

Le pidió al juez que reabriera el caso, alegando que nunca recibió los avisos. El juez negó la moción y la Junta desestimó su apelación.

Qué Decidió la Junta

La Junta resolvió que, cuando DHS envía un Aviso de Comparecencia por correo regular, puede usar la dirección más reciente que la persona haya proporcionado. Matter of Diji, 30 I&N Dec. en la pág. 11.

Para las órdenes dictadas cuando la persona no está en la corte, la Junta resolvió que el aviso por escrito es suficiente si se envió a la dirección más reciente que la persona proporcionó, y que eso incluye una dirección que dio antes de que se emitiera el Aviso de Comparecencia. Id. en la pág. 10.

Ese último punto es el centro del caso. Una dirección que usted le dio a USCIS en una solicitud, antes de que existiera cualquier caso en la corte, ahora puede ser la dirección que cuenta para efectos de notificación en el proceso de deportación.

Qué Cambió Respecto a Matter of G-Y-R-

Durante 25 años, Matter of G-Y-R-, 23 I&N Dec. 181 (BIA 2001), sostuvo que, por lo general, un juez de inmigración no podía dictar una orden en ausencia cuando la persona nunca recibió el Aviso de Comparecencia, porque una dirección no contaba para estos efectos hasta que la persona hubiera recibido el aviso y sus advertencias sobre mantener la dirección al día. Los abogados usaron esa regla para reabrir muchas órdenes en las que el Aviso de Comparecencia había llegado a una dirección vieja.

Diji termina con esa regla. La Junta basó su decisión en la obligación que ya tienen casi todos los extranjeros de mantener su dirección al día: las leyes de registro exigen que casi todos los extranjeros de 14 años o más se registren y actualicen su dirección ante DHS. 30 I&N Dec. en la pág. 10. El reglamento dice que quienes deben registrarse tienen que reportar cada cambio de dirección dentro de los 10 días siguientes, según las instrucciones de USCIS. 8 CFR 265.1.

Según la Junta, la persona puede evitar una orden de deportación en ausencia si cumple con la ley y le informa a DHS de inmediato cualquier cambio de dirección. 30 I&N Dec. en la pág. 10.

A Quién Afecta Más

  • Personas que se mudaron después de presentar algo ante USCIS, como una solicitud de tarjeta verde, una petición, una solicitud de permiso de trabajo o una solicitud de asilo, y nunca actualizaron su dirección.
  • Personas con órdenes en ausencia antiguas que pensaban argumentar: "Nunca recibí el Aviso de Comparecencia, así que la orden no puede sostenerse".
  • Familias que descubren una orden solo en una entrevista posterior, como ocurrió en Diji, muchas veces cuando un cónyuge o hijo ciudadano presenta una petición años después.

Si alguno de estos casos describe a su familia, no dé el caso por perdido. Más bien, entienda que la moción ahora tiene que prepararse con más cuidado que hace un mes.

¿Se mudó antes de su audiencia y ahora tiene una orden en ausencia?

Después de Matter of Diji, una moción de reapertura necesita pruebas, no solo argumentos, y por lo general solo tiene una. Revisamos su expediente antes de presentar nada.

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Qué Sigue Funcionando: Demostrar Que Nunca Recibió el Aviso

Diji cambia cuál dirección cuenta. No elimina la pregunta aparte de si el aviso realmente le llegó. El Tercer Circuito, cuyas decisiones obligan a la corte de inmigración de Filadelfia, ha explicado que, aunque el aviso por escrito es suficiente si se envió a la dirección más reciente que dio la persona, la ley también permite anular una orden de deportación en ausencia, mediante una moción de reapertura (motion to reopen) presentada en cualquier momento, cuando la persona demuestra que no recibió el aviso de la audiencia. Ramos-Olivieri v. Attorney General, 624 F.3d 622 (3d Cir. 2010), opinión, pág. 6.

Un aviso enviado por correo regular tiene solo una presunción más débil de que llegó, y esa presunción se puede superar con las pruebas correctas. Vea Matter of M-R-A-, 24 I&N Dec. 665 (BIA 2008). En el mismo caso Diji, la Junta aplicó ese marco y encontró que faltaban pruebas, que es el siguiente punto.

Los demás motivos para reabrir no cambiaron. Si usted faltó a la corte por circunstancias excepcionales, como una enfermedad grave o la muerte de un familiar cercano, todavía tiene 180 días desde la orden para presentar la moción. Si faltó porque estaba en la cárcel o bajo custodia de ICE sin culpa suya, todavía puede presentarla en cualquier momento. Nuestra guía completa para reabrir una orden de deportación en ausencia explica cada motivo, incluidas las tarifas de presentación.

Pruebas, No Solo Argumentos

Parte de la razón por la que el señor Diji perdió es que su moción tenía argumentos pero no pruebas. La Junta señaló que la moción contenía solo declaraciones de su abogado, y que eso no es evidencia. 30 I&N Dec. en la pág. 13. Él no presentó su propia declaración jurada ni declaraciones de otras personas que supieran si el correo llegaba.

Una moción con posibilidades reales después de Diji por lo general incluye:

  • Su propia declaración jurada sobre dónde vivía, cuándo se mudó y cuándo se enteró del caso.
  • Declaraciones juradas de las personas que vivían en la dirección anterior sobre si su correo llegaba allí.
  • Prueba de dónde vivía realmente y cuándo: contratos de arrendamiento, facturas de servicios, o registros escolares, de trabajo o médicos.
  • Cualquier cambio de dirección que sí haya presentado, ante USCIS o ante la corte, y prueba de cuándo lo presentó.
  • Prueba de que actuó rápido en cuanto se enteró de la orden.

El expediente del caso también importa. Antes de argumentar cualquier cosa, revisamos exactamente a qué dirección se envió cada aviso y si alguno fue devuelto como no entregado.

Por Qué Solo Tiene una Oportunidad: La Regla de una Sola Moción

Por lo general, usted tiene derecho a una sola moción de reapertura, y en agosto la Junta hizo ese límite más estricto. En Matter of M-M-L-J-, 29 I&N Dec. 843, 846 (BIA 2026), resolvió que el límite en el número de mociones de reapertura no admite suspensión equitativa del plazo (equitable tolling). Una moción débil presentada a la carrera puede gastar la única oportunidad que usted tiene, aunque una moción más sólida hubiera ganado.

Esa es la lección más práctica de Diji. El argumento que antes era fácil ahora necesita pruebas, y es posible que no tenga un segundo intento para presentarlas.

¿Seguirán las Cortes a Diji?

Dos miembros de la Junta votaron en contra. Uno advirtió que revocar G-Y-R- no modifica ni anula los precedentes obligatorios de las cortes federales de apelaciones. 30 I&N Dec. en la pág. 19. El voto disidente mencionó varios circuitos federales fuera de nuestra región que habían llegado a conclusiones parecidas a G-Y-R-. No hemos encontrado una decisión publicada del Tercer Circuito que adopte la regla anterior de G-Y-R-, así que esperamos que los jueces de inmigración en Filadelfia apliquen Diji. Aun así, se puede plantear el tema para preservarlo para una petición de revisión, y esta área del derecho podría seguir cambiando.

Qué Significa Esto en el Valle de Lehigh

La mayoría de los casos de deportación de familias de Allentown, Bethlehem, Easton y Reading se ven en la Corte de Inmigración de Filadelfia, y el Tercer Circuito revisa sus apelaciones. Muchas de las órdenes en ausencia que vemos empezaron igual que la de Diji: la familia presentó algo ante USCIS, se mudó dentro del Valle de Lehigh o desde Filadelfia, y nunca presentó un cambio de dirección. Años después, una entrevista de tarjeta verde por matrimonio o una parada de tránsito revela la orden.

Si esa es su situación, los primeros pasos son los mismos:

  • Llame a la línea automatizada de EOIR al 1-800-898-7180 con su número A (A-Number) para confirmar si existe una orden y su fecha.
  • Actualice su dirección con USCIS, y con la corte de inmigración en el Formulario EOIR-33 si tiene un caso, aunque sea antiguo.
  • Reúna pruebas de dónde vivía, y no presente nada por su cuenta antes de que un abogado revise el expediente.

Si su caso apenas empieza, nuestra guía sobre sus primeros cinco pasos después de un Aviso de Comparecencia explica cómo mantener su dirección al día para que esto no le pase. Si a su Aviso de Comparecencia le faltaba la fecha de la audiencia, nuestro artículo sobre los defectos en el NTA después de Pereira y Niz-Chavez explica lo que eso puede y no puede hacer por usted. Para hablar de su caso con nuestro equipo de defensa contra la deportación, estamos en el centro de Allentown.

Preguntas Frecuentes

¿Qué decidió Matter of Diji?

El 3 de septiembre de 2026, la Junta de Apelaciones de Inmigración resolvió que DHS puede enviar el Aviso de Comparecencia a la dirección más reciente que usted le dio al gobierno, y que un aviso enviado a esa dirección es suficiente para una orden en ausencia, aunque usted haya dado esa dirección antes de que empezara su caso en la corte. La decisión revocó Matter of G-Y-R- (BIA 2001).

Me mudé y nunca recibí mi Aviso de Comparecencia. ¿Todavía puedo reabrir mi orden en ausencia?

Es posible, pero es más difícil. Si el aviso fue a la última dirección que usted dio y nunca la actualizó, ahora por lo general se considera suficiente. Todavía puede intentar demostrar que en realidad no lo recibió, lo cual requiere declaraciones juradas y otras pruebas, no solo los argumentos de un abogado.

¿Hay un plazo para reabrir una orden en ausencia por falta de aviso?

No. Una moción basada en no haber recibido el aviso, o en haber estado bajo custodia sin culpa suya, se puede presentar en cualquier momento. Una moción basada en circunstancias excepcionales debe presentarse dentro de los 180 días siguientes a la orden.

¿Cuántas mociones de reapertura puedo presentar?

Por lo general, una. En agosto de 2026, en Matter of M-M-L-J-, la Junta resolvió que este límite no admite suspensión equitativa del plazo, así que una primera moción débil puede gastar su única oportunidad.

¿Cómo evito que esto me pase?

Reporte cada cambio de dirección a USCIS dentro de los 10 días, y si tiene un caso en la corte de inmigración, presente el Formulario EOIR-33 ante la corte dentro de los cinco días siguientes a su mudanza. Guarde prueba de cada cambio de dirección que presente.

Obtenga Ayuda Con una Orden de Deportación en Ausencia

Lehigh Valley Immigration Law presenta mociones de reapertura en la Corte de Inmigración de Filadelfia para familias de todo el Valle de Lehigh, y preparamos cada moción alrededor de las pruebas, no solo de los argumentos. Si tiene una orden en ausencia, o acaba de enterarse de una, ofrecemos una consulta bilingüe gratuita. Llame al (484) 763-4984 o contáctenos en línea. Cada caso es diferente y no se puede garantizar ningún resultado.

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