Resumen de Política Migratoria: Semana del 2 de noviembre de 2026

Actualizado al jueves 5 de noviembre de 2026. Los cambios migratorios de la semana que más importan a las familias de Pensilvania, Nueva Jersey y Nueva York, con la fuente oficial enlazada en cada uno. La lista de todo el año está en nuestro Monitor de Cambios Migratorios 2026, y el resumen de la semana pasada está aquí.

TPS para Venezuela: el Noveno Circuito niega una suspensión y luego, según se informa, concede una breve

Qué pasó. En National TPS Alliance v. Mullin, No. 25-5724 (9th Cir.), la Corte Suprema anuló el 5 de octubre de 2026 la decisión anterior del Noveno Circuito a favor de los beneficiarios venezolanos del Estatus de Protección Temporal (Temporary Protected Status, TPS) y devolvió el caso para que se revisara de nuevo a la luz de Mullin v. Doe, 609 U.S. 324 (2026). El 30 de octubre, el panel del Noveno Circuito negó la petición del gobierno de mantener en pausa la orden del tribunal de distrito una vez que venza la suspensión de la propia Corte Suprema el 6 de noviembre, y también negó una suspensión administrativa alternativa de al menos 21 días. El 3 de noviembre, el panel ordenó a ambas partes presentar escritos complementarios sobre el efecto de Mullin v. Doe dentro de siete días. Ese mismo día, Law360 informó que el panel cambió de rumbo y concedió una suspensión administrativa, y Bloomberg Law informó que la suspensión durará 14 días a partir del 6 de noviembre. No hemos podido encontrar ni leer esa orden.

A quién afecta. A los beneficiarios venezolanos de TPS cubiertos por el caso, una comunidad grande en Pensilvania, Nueva Jersey y Nueva York.

Qué cambia y qué no. Si la suspensión informada está vigente, las protecciones no regresan el 6 de noviembre mientras dure. Ningún tribunal ha decidido en forma definitiva si fue legal terminar el TPS de Venezuela. Antes de confiar en un permiso de trabajo o documento de viaje vinculado al TPS venezolano, pida a un abogado que revise las órdenes vigentes. Seguimos el TPS en el Monitor de Cambios Migratorios; para otras situaciones de TPS, vea nuestro artículo sobre el TPS de Haití y Siria en la Corte Suprema.

Regla de 10 días para terminar el estatus de refugiado: la pausa se extiende hasta el 4 de diciembre

Qué pasó. La semana pasada, una jueza federal en Massachusetts pausó la regla final interina del DHS que reduce de 30 a 10 días el plazo de un refugiado para responder a un Aviso de Intención de Terminar (Notice of Intent to Terminate) (91 FR 65077, 14 de octubre de 2026). El 2 de noviembre, en Partnership for the Advancement of New Americans v. Edlow, No. 1:26-cv-14817 (D. Mass.), el juez Myong J. Joun extendió esa suspensión administrativa por 30 días más, hasta el 4 de diciembre de 2026, con todos sus términos vigentes. La respuesta del gobierno a la solicitud de una pausa más larga bajo 5 U.S.C. 705 vence el 13 de noviembre, y la audiencia quedó fijada para el 20 de noviembre.

A quién afecta. A los refugiados que todavía no son residentes permanentes, incluidas las familias reasentadas en nuestra región.

Qué cambia y qué no. Mientras dure la suspensión, el DHS y USCIS no pueden aplicar ni hacer cumplir la regla de 10 días, ni terminar el estatus de nadie por no responder a un aviso de plazo corto emitido entre el 14 y el 27 de octubre. La extensión no decide si la regla es legal, y no alcanza la retención de las solicitudes de tarjeta verde ni la nueva revisión de las admisiones de refugiados que la demanda también impugna. Los comentarios sobre la regla cierran el 13 de noviembre.

La Corte Suprema deja en pie el fin del cierre administrativo

Qué pasó. Nuestro resumen anterior no cubrió esta orden del 27 de octubre, así que la incluimos aquí. La Corte Suprema negó una solicitud en City of Baltimore v. Texas, No. 26A500, sin disidencias registradas. Baltimore, otras dos ciudades y una organización de servicios legales habían pedido pausar una sentencia de junio de 2026 del Distrito Norte de Texas, dictada por acuerdo entre Texas y el Departamento de Justicia, que anuló la regla de EOIR de 2024 que permitía a los jueces de inmigración y a la Junta cerrar casos administrativamente (cierre administrativo, administrative closure) (89 FR 46742). El Quinto Circuito ya se había negado a pausarla, y la apelación de las ciudades sigue allí.

A quién afecta. A personas en la corte de inmigración que esperaban poner su caso en pausa mientras USCIS decide una petición de visa, una visa U, un perdón provisional u otra solicitud.

Qué cambia y qué no. La orden es una negación de una línea. No decide si el cierre administrativo es legal ni qué pasa con los casos cerrados en el pasado. Si su caso está cerrado, mantenga su dirección al día con la corte y revise su correo. Nuestro artículo sobre el docket de estatus y el cierre administrativo explica cómo funcionaban estas herramientas; partes de él ya no están al día.

La BIA: no hay fianza cuando el riesgo de fuga es demasiado alto

Qué pasó. En Matter of Cruz Aijiaco, 30 I&N Dec. 218 (BIA 2026), decidido el 2 de noviembre, la Junta de Apelaciones de Inmigración (BIA) revocó una fianza de $8,000. Supuso que el hombre no era un peligro, pero decidió que ninguna fianza garantizaría su comparecencia, por sus repetidas infracciones de tránsito, porque no demostró tener una dirección fija y por su falta aparente de elegibilidad para algún alivio. Entró en agosto de 2016 y fue puesto en proceso en febrero de 2026, así que el expediente no mostraba los 10 años de presencia que exige la cancelación de deportación para no residentes (decisión).

A quién afecta. A personas detenidas que piden fianza ante jueces de inmigración, incluidas las personas detenidas en Pensilvania y Nueva Jersey.

Qué cambia y qué no. Quien pide la liberación tiene la carga de demostrar que se presentará. Las pruebas de una dirección estable, un buen historial y un camino real hacia un alivio tienen peso. Si muchas personas detenidas pueden siquiera tener una audiencia de fianza es otra cuestión: en el Tercer Circuito sigue rigiendo Buele Morocho (vea nuestro artículo sobre el Tercer Circuito), y en el caso de la Corte Suprema sobre el tema, Rhoney v. Barbosa da Cunha, No. 26-104, la Corte fijó el 28 de octubre el escrito del peticionario para el 30 de noviembre y el del demandado para el 13 de enero de 2027. Para prepararse, vea nuestra guía de audiencias de fianza.

¿Alguno de los cambios de esta semana afecta el caso de su familia?

TPS, estatus de refugiado, fianza, salida voluntaria y cierre de casos cambiaron esta semana. Una consulta bilingüe gratuita por teléfono o Google Meet aclara qué le aplica a usted.

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La BIA: no cumplir el plazo de salida voluntaria trae una barra de 10 años

Qué pasó. En Matter of Ontiveros-Diaz, 30 I&N Dec. 222 (BIA 2026), decidido el 5 de noviembre, el plazo de salida voluntaria (voluntary departure) del solicitante terminó el 3 de junio de 2025. Dos semanas después pidió reabrir su caso de cancelación con nuevas pruebas. La Junta negó la moción. Según la INA 240B(d)(1), quien voluntariamente no sale a tiempo enfrenta una multa civil de $1,000 a $5,000 y queda impedido por 10 años de recibir más alivio bajo las disposiciones de salida voluntaria, cancelación, ajuste de estatus (adjustment of status), cambio de estatus y registro. Una moción presentada después del plazo no elimina esa barra (decisión).

A quién afecta. A cualquier persona a quien un juez de inmigración o la Junta le haya concedido salida voluntaria.

Qué cambia y qué no. La Junta repitió que una moción para reabrir presentada antes de que termine el plazo de salida pone fin automáticamente a la concesión y a sus penalidades (8 CFR 1240.26). El calendario importa: conozca su fecha exacta de salida. Nuestro artículo sobre la salida voluntaria explica las ventajas y los riesgos.

La BIA: quienes llegaron como "extranjeros que arriban" por lo general no pueden reabrir solo para ajustar ante USCIS

Qué pasó. En Matter of Pierre-Louis, 30 I&N Dec. 212 (BIA 2026), decidido el 30 de octubre, un ciudadano haitiano clasificado como "extranjero que arriba" (arriving alien) presentó una tercera moción pidiendo a la Junta que, por su propia autoridad, reabriera y terminara su caso para poder buscar la tarjeta verde a través de su esposa, ya ciudadana. La Junta se negó y reafirmó Matter of Yauri, 25 I&N Dec. 103 (BIA 2009): por lo general no usará esa autoridad para que un extranjero que arriba busque el ajuste ante USCIS (decisión).

A quién afecta. A personas con órdenes finales de deportación que entraron con parole o fueron clasificadas de otra forma como extranjeros que arriban y que ahora tienen una petición familiar.

Qué cambia y qué no. Solo trata el poder discrecional de la Junta para reabrir una vez vencidos los plazos. No cambia quién decide la solicitud de ajuste de un extranjero que arriba. Aquí el momento y el orden de las solicitudes importan mucho; vea nuestro artículo sobre el ajuste de estatus de un cónyuge en proceso de deportación.

Un viajero arrastra una maleta por un camino cubierto de hojas en otoño
¿Viaja a casa para las fiestas? Las aerolíneas pedirán una nueva declaración de salud hasta el 18 de diciembre.

Nueva declaración jurada para quienes viajan en avión

Qué pasó. Según una orden enmendada de los CDC emitida el 28 de octubre y publicada en 91 FR 68518, los pasajeros de vuelos hacia Estados Unidos desde cualquier país extranjero deben presentar una declaración firmada de que no han estado en la República Democrática del Congo en los 21 días anteriores, salvo que aplique una excepción. Cubre los vuelos que salen desde las 11:59 p.m. (hora del Este) del 3 de noviembre hasta el 18 de diciembre de 2026.

A quién afecta. A cualquier persona que llegue en avión desde el extranjero en esta temporada de fiestas, incluidos residentes permanentes y familias que regresan de visitas.

Qué cambia y qué no. Es una regla de salud pública para abordar, no una regla de visas. Su aerolínea le pedirá el formulario. Si viaja con parole adelantado (advance parole) o con un caso de tarjeta verde pendiente, lea primero nuestro artículo sobre el parole adelantado y la barra por presencia ilegal.

Lo Que Seguiremos de Cerca la Próxima Semana

  • TPS para Venezuela: los escritos complementarios vencen alrededor del 10 de noviembre; la suspensión administrativa informada duraría hasta alrededor del 20 de noviembre.
  • 13 de noviembre: vence la respuesta del gobierno en el caso de los refugiados y cierran los comentarios sobre la regla. La audiencia sigue el 20 de noviembre.
  • Boletín de Visas de diciembre: no se había publicado al 5 de noviembre; rige el boletín de noviembre hasta que salga.
  • DV-2027: una jueza federal ordenó abrir la inscripción a más tardar el 1 de noviembre, pero, según se informó, el Noveno Circuito suspendió esa orden el 29 de octubre mientras el gobierno apela, y la inscripción seguía cerrada el 31 de octubre. No pudimos revisar los sitios del Departamento de Estado; revise directamente dvprogram.state.gov y nunca le pague a un tercero para inscribirse.
  • Patrocinadores de niños: HHS pidió la aprobación acelerada de el paquete de solicitud para patrocinadores de niños no acompañados (91 FR 69851, 5 de noviembre); los comentarios vencen el 4 de enero de 2027.

Este resumen también está disponible en su versión en inglés.

Obtenga Ayuda Para Entender los Cambios de Esta Semana

Si alguno de estos cambios toca el caso de su familia, el siguiente paso es una conversación sobre sus hechos. Lehigh Valley Immigration Law ofrece una consulta bilingüe gratuita por teléfono o Google Meet a familias de Allentown, Bethlehem, Easton, Reading y de todo Pensilvania, Nueva Jersey y Nueva York. Llame al (484) 763-4984 o contáctenos en línea. Este resumen es información general actualizada al 5 de noviembre de 2026; no es asesoría legal, ningún resultado está garantizado y leerlo no crea una relación de abogado y cliente.

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